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Ley De Productos Orgánicos De México (Título Tercero)
Ley De Productos Orgánicos De México (Título Tercero)
Agosto 15, 2019
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Ley de Productos Orgánicos en México
TÍTULO TERCERO, Del Consejo Nacional de Producción Orgánica, éste título tiene cuatro artículos.
El primer Artículo del título, es el número 13, donde nos dice que se crea el Consejo Nacional de Producción Orgánica como órgano de consulta de la Secretaría, incluyente y representativo de los intereses de los productores y agentes de la sociedad. Éste Consejo se integra por el titular de la Secretaría, dos representantes, dos representantes de las organizaciones de procesadores orgánicos, uno de comercializadores, cuatro de Organismos de Certificación, uno de consumidores y por siete de organizaciones nacionales de productores de producción orgánica.
El Artículo 14, formarán parte del Consejo representantes de la propia Secretaría, de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales; de Dependencias y Entidades de la Administración Pública Federal; representantes de instituciones académicas y de investigación.
En el Artículo 15, menciona que el Consejo operará con los términos del reglamento interno.
El Artículo 16, dice las funciones del Consejo, las cuales son:
• Emitir opinión a la Secretaría sobre instrumentos regulatorios nacionales o internacionales que indican en la actividad orgánica.
• Expresar opinión y asesorar a la Secretaría sobre las Disposiciones mediante métodos orgánicos, así como para la evaluación de sustancias y materiales.
• Asesorar técnicamente a la Secretaría.
• Proponer celebración de convenios de concentración y suscripción de acuerdos de coordinación para la promoción y producción orgánica.
• Fomentar la capacitación y desarrollo de capacidades de Operadores Organismos de Certificación, evaluadores, auditores orgánicos y un del grupo de expertos.
• Coadyuvar el reconocimiento mutuo en el ámbito internacional de la equivalencia del Sistema de Control Mexicano.
• Establecer grupos de trabajo en las diferentes actividades específicas.
• Establecer un padrón de los sujetos destinatarios de las disposiciones de la presente Ley para conformar las estadísticas nacionales de la producción y comercialización de productos orgánicos.
• Reglamentar su funcionamiento interno.
El conocer la LPO es muy importante ya que es la Ley que rige la Producción Orgánica en el país, y al saber su contenido sabemos las responsabilidades de cada sector entre muchas cosas que sirven para estar informados sobre la producción orgánica.
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